La Corte de Apelaciones de Concepción decretó la suspensión del uso de sustancias químicas para con fines disuasivos.
El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) del Bíobío interpuso un recurso de amparo por el incidente en donde dos jóvenes resultaron con graves quemaduras tras recibir directamente un chorro del carro lanzaaguas.
“Durante el mes de noviembre recibimos dos denuncias de dos jóvenes que fueron quemados, en distintas partes del cuerpo, en la parte trasera del cuello, con el agua del lanzaaguas, que contiene la misma sustancia química que se utiliza en las bombas lacrimógenas, y en las lanza granadas”, explica Carolina Chang, directora regional del INDH.
Es por esto que la CA falló a favor del INDH, suspendiendo el uso de bombas lacrimógenas temporalmente, ya que, estas podrán ser utilizadas luego de que se apruebe un protocolo con la autoridad sanitaria correspondiente
“La bomba lacrimógena es una sustancia química que produce efectos dañinos o irritantes, pero eso está regulado, está regulado el uso, en qué momento, en la progresión del uso de la fuerza para los efectos de repeler o para disuadir”, apunta Rodrigo Cerda, presidente de la Corte Suprema de Concepción.